Por Miguel Sánchez
La reforma del Reglamento General de Circulación entra en vigor este jueves, 1 de octubre. Las modificaciones, aprobadas por el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, ponen el foco en los usuarios vulnerables y también cambian las reglas para quienes conducen coche: nuevas condiciones para adelantar, circular en atascos o desplazarse con nieve.
La Dirección General de Tráfico (DGT) explica que la norma adapta el Reglamento a la evolución de la movilidad en las últimas dos décadas. Por primera vez define al «usuario vulnerable de la vía», categoría que incluye a peatones, ciclistas, usuarios de patinetes, motoristas y ciclomotoristas. Además, incorpora un título dedicado a la circulación en zonas urbanas.
Patinetes: edad mínima y casco obligatorio
Los vehículos de movilidad personal (VMP) deberán respetar una edad mínima de 15 años y los usuarios tendrán que llevar casco. De noche o con poca visibilidad será obligatorio, además, un chaleco reflectante, en el caso de que se use como herramienta de trabajo, como los repartidores el chaleco es obligatorio en todo momento. ESte último aspecto también aplica para quienes trabajen usando una bicicleta ciclomotor o motocicleta
Fuera de las zonas urbanas, los patinetes podrán circular por vías separadas de los coches, como los carriles bici, siempre que no esté prohibido mediante señalización, siempre que lleven el alumbrado encendido.
Estas medidas se suman al registro y al seguro obligatorio de los vehículos personales ligeros. Los patinetes comercializados antes del 22 de enero de 2024 que no estén certificados pueden seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027. Para ello deben estar inscritos en el registro y asegurados.
Bicicletas: casco en carretera y más margen al adelantar
En vías interurbanas, el casco será obligatorio para todos los ciclistas, sin las excepciones que existían hasta ahora.
En ciudad, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril. Los vehículos a motor deberán guardar una distancia de seguridad de cinco metros respecto a la bicicleta que circule delante en el mismo carril. En calles de un único carril con límite de 30 km/h podrá permitirse la circulación de bicicletas en ambos sentidos.
Los conductores que adelanten a un ciclista deberán reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. Si la carretera tiene más de un carril por sentido, tendrán que cambiar completamente de carril. Las nuevas condiciones de adelantamiento no se limitan a las bicicletas. Al adelantar a otros usuarios vulnerables será obligatorio hacerlo manteniendo una separación lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad. La misma regla se aplica a los vehículos inmovilizados por accidente, avería, auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico.
Motos y ciclomotores: guantes y calzado cerrado
Conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán llevar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía. En caso de congestión, las motos podrán circular por el arcén derecho si el tramo está señalizado, no se pone en peligro a otros usuarios y no se superan los 30 km/h.
Para los usuarios de ciclomotor, los cascos tendrán que ser homologados, no solo certificados, a partir del 1 de octubre de 2027
Atascos
La DGT también ha introducido cambios para cuando nos encontremos en un atasco. Según la nueva legislación, todos los vehículos deberán dejar un carril libre de emergencia para ambulancias, bomberos, Policía y otros servicios prioritarios. Esta nueva norma aplica siempre que el tráfico sea a ‘paso de peatón’ o este totalmente parado. Cuando las vías sean de dos carriles, como ocurre habitualmente en la A-7 a la altura de San Roque o Palmones, los coches deberán apartarse a ambos lados para dejar el espacio central libre.
Cinturón de seguridad y autocaravanas
Se eliminan varias exenciones del cinturón, que será obligatorio en todo momento para los conductores de taxis, de vehículos de mercancías y de vehículos de enseñanza de la conducción. Solo se mantiene una excepción para los pasajeros de ambulancias asistenciales que ocupen el habitáculo del paciente durante un servicio de urgencia.
Las autocaravanas, por su parte, no podrán extender elementos que sobresalgan de su perímetro, deberán estacionar apoyadas sobre los neumáticos y no podrán verter fluidos del habitáculo.
FOTO: Joaquín

