Por Miguel Sánchez

El municipio figura entre las localidades gaditanas incluidas en la nueva directriz estatal de Protección Civil, que establece la necesidad de organizar la respuesta ante seísmos de intensidad igual o superior a VII.

San Roque tendrá que contar con una planificación específica para responder ante posibles terremotos. El municipio aparece incluido en la nueva Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo de terremotos, aprobada por el Gobierno y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 10 de octubre. La normativa incorpora a la localidad sanroqueña en el listado de municipios que deben disponer de planes de actuación local ante este tipo de emergencias, una obligación que también afecta a otros municipios del Campo de Gibraltar tales como Jimena de la Frontera y San Martín del Tesorillo.

La inclusión de estos tres municipios del Campo de Gibraltar responde a los estudios de peligrosidad sísmica realizados por el Instituto Geográfico Nacional (IGN), que contemplan la posibilidad de que se registren terremotos de intensidad igual o superior a VII en estas zonas, tomando como referencia un periodo de retorno de 475 años. La clasificación no supone que se espere un terremoto en una fecha determinada ni que exista una previsión de que vaya a producirse próximamente, sino que identifica los territorios en los que las administraciones deben reforzar la preparación y los mecanismos de respuesta ante este riesgo.

La nueva directriz, aprobada mediante la Orden INT/1069/2026, actualiza el marco estatal de planificación sísmica, que hasta ahora se regía por una normativa de 1995. Su objetivo es establecer unos criterios comunes para que las distintas administraciones sepan cómo actuar, coordinen sus recursos y puedan ofrecer una respuesta organizada si se produce un terremoto.

San Roque, entre los municipios obligados a planificar su respuesta

El anexo III-A de la nueva normativa recoge los municipios españoles situados en áreas donde los estudios del IGN contemplan terremotos de intensidad igual o superior a VII. En la provincia de Cádiz aparecen 34 localidades, entre ellas San Roque, Jimena de la Frontera y San Martín del Tesorillo.

La presencia de San Roque en esta relación implica que el Ayuntamiento deberá disponer de un instrumento que concrete cómo organizaría sus servicios y recursos municipales ante una emergencia sísmica. No se trata únicamente de contar con un protocolo general de emergencias, sino de establecer una planificación que tenga en cuenta las características del término municipal, las posibles consecuencias de un terremoto y las necesidades de intervención que podrían surgir.

La directriz establece que estos planes deberán integrarse en la estructura de protección civil de la comunidad autónoma correspondiente. En el caso de San Roque, la planificación municipal tendrá que coordinarse con los dispositivos de emergencia de la Junta de Andalucía y con los recursos de otras administraciones que puedan intervenir.

Qué deberá incluir el plan municipal

Uno de los aspectos fundamentales de la nueva normativa es el contenido mínimo que tendrán que desarrollar los ayuntamientos. Los documentos deberán partir de un análisis detallado del riesgo sísmico en cada término municipal, identificar las zonas que podrían resultar más expuestas y localizar los elementos vulnerables, las infraestructuras y los recursos necesarios para responder ante una emergencia.

En el caso de San Roque, este trabajo permitirá establecer una organización previa de los medios municipales y determinar cómo se actuaría en los distintos escenarios que pudieran producirse. La planificación deberá contemplar tanto la intervención inmediata como las actuaciones posteriores para atender a la población y recuperar los servicios afectados.

Entre los principales contenidos exigidos por la directriz se encuentran la estructura organizativa y los procedimientos de intervención, con la identificación de los responsables de dirigir la respuesta y las funciones de los distintos servicios implicados. También deberá establecerse cómo se coordinaría el Ayuntamiento con otras administraciones locales y con la Junta de Andalucía.

Otro apartado esencial será la zonificación del territorio en función del riesgo y de las posibles consecuencias de un terremoto. Esta identificación permitirá delimitar áreas prioritarias de intervención, localizar infraestructuras que puedan utilizarse durante una emergencia y organizar el despliegue de los medios humanos y materiales disponibles.

La protección de la población tendrá un papel destacado. Los planes deberán recoger sistemas de información y formación ciudadana, medidas de autoprotección y procedimientos para atender a las personas afectadas. También tendrán que contemplar la organización de posibles evacuaciones, apoyadas en cartografía oficial, así como las actuaciones que deberían ponerse en marcha antes, durante y después de un seísmo.

La normativa incluye igualmente la elaboración de un catálogo de medios y recursos específicos, de manera que los responsables de la emergencia conozcan de antemano con qué personal, instalaciones y equipamientos cuentan para intervenir.

Cuatro años para adaptar los planes de Protección Civil

La nueva directriz establece un plazo de cuatro años desde su entrada en vigor para que los planes de Protección Civil se adapten a la estructura y al contenido recogidos en la normativa. La disposición comenzó a producir efectos el 11 de octubre, un día después de su publicación en el BOE.

Este plazo se refiere a la adaptación general de los planes de Protección Civil y no debe confundirse automáticamente con un calendario individual de elaboración para cada uno de los municipios incluidos en los anexos.

Una vez aprobados, los contenidos de los planes deberán publicarse y estar accesibles para la ciudadanía, de manera que tanto los servicios implicados como los vecinos puedan conocer las medidas previstas.

Intensidad VII: qué significa esta clasificación

La inclusión de San Roque en el anexo III-A se basa en una clasificación de intensidad sísmica, un concepto que conviene diferenciar de la magnitud de un terremoto.

Mientras que la magnitud mide la energía liberada por un seísmo, la intensidad describe los efectos y las consecuencias que provoca en un lugar concreto. Por tanto, un mismo terremoto puede generar distintos niveles de intensidad dependiendo de la distancia al epicentro, las características del terreno y las construcciones existentes.

La intensidad VII se sitúa en un nivel en el que pueden producirse daños en edificios, especialmente en aquellos más vulnerables. Esto explica la importancia de disponer de una planificación que permita identificar las construcciones y las infraestructuras expuestas, organizar los recursos de emergencia y establecer medidas para proteger a la población.

El periodo de retorno de 475 años utilizado por el Instituto Geográfico Nacional es un parámetro estadístico empleado en los estudios de peligrosidad sísmica. No significa que tenga que producirse un terremoto cada 475 años ni que el siguiente esté próximo. Se utiliza para estimar la probabilidad de que se supere un determinado nivel de movimiento del terreno en un periodo concreto.

Con esta nueva directriz, San Roque, Jimena de la Frontera y San Martín del Tesorillo deberán avanzar en la preparación de sus respectivos planes de actuación local. El objetivo es que, ante una eventual emergencia sísmica, exista una estructura organizada de intervención, coordinación e información a la población, en lugar de tener que improvisar la respuesta cuando se produzca el suceso.