La elección de la ley aplicable a la herencia de un ciudadano extranjero, es posible desde la entrada en vigor del Reglamento Sucesorio Europeo (R650/2015 Reglamento (UE) nº 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012) respetando ciertas condiciones
Un supuesto claro para ver la importancia de la elección de ley es la de los ciudadanos alemanes residentes en nuestro país. En Alemania existe la posibilidad de que los esposos opten por instituirse como herederos universales mutuamente, y que los hijos sólo heredenuna vez fallezca el último de los padres.
Conocido como “Berliner Testament” es una forma sucesoria muy común en Alemania. Por tanto, si un ciudadano alemán residente en España, fallece sin dejar testamento en el que elija como ley aplicable a su herencia la ley alemana, se aplicará para la aceptación y partición de la herencia el derecho español, incluido nuestro sistema de legítimas. El resultado de la herencia bajo un derecho y bajo otro es completamente diferente, pues el sistema de legítimas español beneficia claramente a los hijos y no a los esposos.
El legislador europeo, conocedor de los distintos sistemas sucesorios coexistentes en Europa, ha querido dar prevalencia a la autonomía de la voluntad del testador, regulando lo que se conoce técnicamente como Professio Iuris (elección de ley) en su art. 22. 1. Según este artículo, cualquier persona podrá elegir la ley del Estado cuya nacionalidad posea en el momento de realizar la elección o la ley del país de residencia. Es decir, que el alemán residente en España, puede elegir la ley alemana para regir su futura sucesión o la española si reside en España.
En los casos en que se trate de personas que posean varias nacionalidades, podrán elegir la ley de cualquiera de los Estados cuya nacionalidad posea en el momento de realizar la elección.
El Reglamento Sucesorio establece la exigencia de ciertos requisitos formales para la validez de la elección de ley.
La elección de una ley u otra no es cuestión baladí, por lo que se recomienda a los extranjeros residentes en España que se asesoren por un abogado especializado en derecho internacional privado, sobre la posibilidad de elegir la ley en su caso concreto.
Las circunstancias concretas y personales de cada caso pueden determinar consejos diferentes.

