La Diputación de Cádiz, a través del Servicio Provincial de Recaudación, ha ampliado los plazos para el pago de las obligaciones tributarias. Las medidas especiales, establecidas para encarar el actual estado de alarma, pueden consultarse en la sede de electrónica de este servicio: https://sprygt.dipucadiz.es/informacion-estado-alarma.

La institución provincial aclara que los plazos tributarios no están suspendidos, en concordancia con las directrices del Real Decreto Ley 8/2020 del 17 de marzo, si bien las deudas y fraccionamientos podrán disponer de una moratoria de facto durante los meses de abril y mayo y reanudar sus liquidaciones en junio si las circunstancias así lo propician.

Esto significa que las cuotas de fraccionamiento de un impuesto, que vencieran en abril o mayo, se  retomarán en junio sin recargo alguno. La liquidación tributaria sí seguirá su curso habitual a través de los recibos domiciliados y de los planes personalizados de pago, debido a que los plazos no han sido suspendidos.

En el caso de que haya recibos devueltos, el Servicio Provincial de Recaudación recalculará su vencimiento, de manera que su liquidación será efectiva tras el final del estado de alarma. Durante la permanencia de este estado de alarma no se practicarán embargos, según ha destacado.

La presidenta de Diputación, Irene García, ha explicado que se están apurando todas las opciones que una entidad local puede llevar a cabo, flexibilizando los periodos de pago “y considerando nuestras limitaciones al no suspenderse los plazos tributarios (conforme al Real Decreto Ley 8/2020)”.

García sí garantiza que desde la institución provincial “se está pagando a los proveedores con normalidad”, contribuyendo a la disposición de liquidez en unas circunstancias de mucha dificultad. “Una liquidez que queremos adelantar a los Ayuntamientos. Estamos trabajando para que los anticipos ordinarios que transferimos a los Ayuntamientos, sobre la base de la recaudación, se libren en los próximos días y no haya que esperar al día 20 de cada mes, que es la fecha habitual de dichas transferencias”.

El Servicio Provincial de Recaudación, al quedar suspendida la atención presencial, ha publicado en su sede electrónica los datos de contacto de todas las oficinas de su red. Desde la propia sede electrónica se puede solventar una diversidad de trámites, así como desde la aplicación Dipupay para dispositivos móviles. La asistencia al contribuyente se refuerza con la incorporación de los teléfonos: 856 940 273 / 856 940 276 y 856 940 277.

La liquidación de los diferentes tributos se puede resolver desde la aplicación Dipupay, si se dispone del documento de pago, y desde la sede electrónica a través de certificado electrónico o mediante el sistema de Cl@ve Permanente. Si no se dispone de carta de pago y hay dificultades para la expedición del certificado electrónico a tenor de las actuales circunstancias, se ha habilitado un nuevo medio que permite liquidar los tributos de manera ágil y directa, introduciendo los datos identificativos del impuesto o bien los dígitos vinculados al código de barras visibles en un recibo que se haya abonado con anterioridad.

(Más información: https://sprygt.dipucadiz.es/pago-de-deudas-publico).

Estas medidas se aplican en los más de 40 municipios de la provincia de Cádiz que encomiendan la gestión de sus tributos al Servicio Provincial de Recaudación de Diputación.