Por González, Sánchez & partners

Ayudar a los hijos a comprar una vivienda o adelantarles parte del patrimonio familiar es una decisión habitual. En Andalucía, además, la fiscalidad de las donaciones entre padres e hijos es especialmente favorable, lo que puede llevarnos a pensar que donar apenas tiene coste fiscal.

Pero ¿es lo mismo donar dinero que donar directamente una vivienda?

Pensemos en unos padres que quieren entregar a su hijo 300.000 euros. Podrían donarle el dinero para que compre su propia vivienda o transmitirle directamente un inmueble con ese mismo valor. Aunque económicamente parezcan alternativas similares, fiscalmente no lo son.

Una fiscalidad favorable en Andalucía

Las donaciones entre padres e hijos pueden beneficiarse en Andalucía de una bonificación del 99 % de la cuota del Impuesto sobre Donaciones, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Esto hace que el impuesto que paga quien recibe la donación pueda ser reducido. Sin embargo, centrarnos únicamente en este impuesto puede hacernos olvidar otros costes fiscales.

Donar una vivienda también puede hacer tributar a quien la entrega

Si se dona un inmueble, puede generarse una ganancia patrimonial en el IRPF del donante.

Por ejemplo, si unos padres adquirieron una vivienda por 150.000 euros y actualmente tiene un valor de 300.000 euros, su donación puede poner de manifiesto una ganancia patrimonial.

Es decir, podemos regalar una vivienda, no recibir ningún dinero a cambio y, aun así, tener que pagar IRPF.

Además, si se trata de un inmueble urbano, habrá que tener en cuenta la correspondiente plusvalía municipal.

En cambio, la donación de dinero no genera por sí misma esa ganancia patrimonial en el IRPF de los padres.

Entonces, ¿qué opción es mejor?

No existe una respuesta única. En algunos casos puede ser más conveniente donar dinero; en otros, transmitir directamente el inmueble o incluso conservarlo para una futura herencia.

Por ello, antes de realizar una donación importante, es recomendable acudir a un asesor fiscal que pueda comparar las distintas alternativas y comprobar los requisitos para aplicar los beneficios fiscales existentes en Andalucía.

Porque cuando organizamos el patrimonio familiar, no debemos preguntarnos únicamente cuánto pagará quien recibe la donación, sino cuánto costará realmente la operación a toda la familia.