Por Small Money Bites

Obtener una devolución de impuestos puede parecer uno de los acontecimientos más agradables de la temporada primavera-verano. Incluso podría asimilarse a ganar un pulso al gobierno, con ese dinero “inesperado” que recibirás.

Pero ese no es realmente el caso. Si cualquiera de nosotros somos “afortunados” y recibimos ese dinero ya programado a través del ansiado reembolso, significaría que le has prestado al gobierno tu dinero durante todo el año y ese dinero “extra” podría haberse invertido, generando un rendimiento, utilizado para pagar facturas, o particularmente para evitar endeudamiento. Numerosos contribuyentes se endeudan, asumiendo desproporcionadas tasas de interés por falta de liquidez. 

En el caso anterior y hablando en términos económicos subyace el concepto del “coste de oportunidad”. El coste de oportunidad es el valor de la mejor alternativa a la que renuncias cada vez que tomas una decisión. En este caso concreto, aunque puede que no tuviste elección, ese coste se traduce en el valor que hubieras obtenido si no le hubieras “prestado al gobierno” (además gratis) y lo hubieras tenido disponible para tí. Cuanto mayor es el reembolso, más le habrás prestado al gobierno y mayor será el coste de oportunidad soportado.

Después de todo esto, te estarás preguntando, qué relación tiene lo anterior con el título de nuestro post.

¡Entremos en detalle!

Sin duda, uno de los aspectos más incandescentes de esta campaña de la declaración de la Renta que ya se ha abierto en España hasta el 30 de Junio, es el relativo a los cerca de 3.500.000 contribuyentes que el pasado año fueron perceptores de prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) por haber estado inmersos en procedimientos de regulación temporal de empleo (ERTE).

Pero ¿cuál es la naturaleza de la pólemica?

Durante el 2020 dichos contribuyentes pueden encontrarse con dos situaciones:

(1) Habiendo tenido dos pagadores de rentas (Empresa y SEPE), tener la obligación de presentar declaración, cuando generalmente no se ha venido haciendo.

(2) Haber recibido abonos del SEPE indebidos.

En el caso (1) supondría que como el SEPE no practica retenciones, seguramente la declaración de la Renta le saldrá a pagar.

En el caso (2), puede haber ocurrido que hayas ya reintegrado el importe indebido al SEPE en el 2020 y por lo tanto a la Administración Tributaria ya le conste retornando al caso (1).

O bien, no se haya producido el reintegro por parte del contribuyente, el cual puede conocer el importe en el momento de hacer la declaración (volvemos al caso (1)), o que no lo conozca, con lo cual debería pagar impuestos por esa cantidad que recibió y no le pertenece, para una vez conocido pedir que se los devuelvan. 

Pero no nos alarmemos. En el caso (1) y en el caso (2), siempre y cuando conozcas la cantidad que recibiste, has salido ganando. En vez de prestarle al Gobierno, el Gobierno te prestó a tí esta vez, y también gratis. Al retenerte menos, tuviste el dinero y pudiste utilizarlo, espero sabiamente. El coste de oportunidad lo sufrió el Gobierno.

Si no conoces el importe antes de hacer la declaración, por favor, averígualo. De otro modo, el coste de oportunidad volverá a estar en tu lado.

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